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Más de 3.300 niños fueron reconocidos por sus progenitores mediante la Defensa Pública

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De enero a julio de este año, 3.302 niños, niñas y adolescentes obtuvieron la filiación respectiva de sus progenitores, en el marco de la corresponsabilidad parental impulsada por la Defensa Pública.

La protección al derecho a la identidad de niños, niñas y adolescentes, a conocer sus orígenes y a ser reconocido y cuidado por sus progenitores, es un objetivo impulsado por la Defensa Pública.

La Defensoría de la Niñez y la Adolescencia promovió la filiación de 1.344 niños, niñas y adolescentes. De esta cantidad se obtuvo 142 filiaciones a través de la intervención directa de los Defensores y Defensoras Públicas.

Por su parte, en 1.202 casos la Defensa Pública actuó como Contralor del proceso, en el cual tiene el rol de velar porque en el juicio se respeten los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, sujetos del mismo.

Por otra parte, la Defensoría Civil ante la Niñez y de la Niñez y la Adolescencia, en el mismo periodo, logró que 1.958 niños, niñas y adolescentes obtengan la filiación con sus padres, representando en juicio a 1.759 madres.

La Defensa Pública representa en forma gratuita en los siguientes juicios relacionados a la filiación:

Reconocimiento: busca posibilitar la investigación de la paternidad o maternidad, por medio de distintas vías, incluido el estudio del ADN.
Impugnación de la paternidad o maternidad: se busca desvirtuar la paternidad o maternidad de un niño, niña o adolescente cuando se duda de la veracidad de esta.
Desconocimiento de la filiación: cuando la persona que reconoció al niño, niña o adolescente sostiene que no es la madre o el padre biológico.

El principal medio utilizado para confirmar o desaprobar la responsabilidad de paternidad es la prueba de ADN, que la Corte Suprema de Justicia dispuso la realización gratuita para personas de escasos recursos.

A fin de acceder a este servicio, la persona interesada debe recurrir al Ministerio de la Defensa Pública, para que través del “Beneficio para litigar sin gastos”, en caso de no contar con recursos económicos, pueda solicitarlo.

Para iniciar un juicio de reconocimiento de filiación se debe recurrir al Defensor Público o la Defensora Pública del fuero Civil ante la Niñez y de la Niñez y la Adolescencia, del domicilio del niño, niña o adolescente.

Si el progenitor o la progenitora que peticiona es una persona menor de edad deberá recurrir ante el Defensor de la Niñez y la Adolescencia de su localidad. Deberán presentar el Certificado de Nacimiento original del niño, niña o adolescente y la Fotocopia de Cédula de Identidad.

FUENTE: IP.GOV.PY

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