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Hugo Javier fue imputado por el fiscal de delitos económicos y anticorrupción

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Fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción imputó al Gobernador de Central y a unas 15 personas en investigación por “Obras Fantasmas” y presentación de documentos falsos.

El agente fiscal Rodrigo Estigarribia, de la Unidad Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción imputó al gobernador del Departamento Central Hugo Javier González y a otras 14 personas por el hecho de Lesión de Confianza, declaración falsa, Producción de documentos no auténticos y Asociación Criminal por “obras Fantasmas” de la Gobernación de Central.

Entre los imputados por la representación fiscal se encuentran:

1. Hugo Javier González Alegre, (Gobernador del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente autor, de acuerdo con el artículo 29 inciso 1°, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; Producción de documentos no auténticos, previsto en el artículo 246 inciso 1° (segunda alternativa, uso), del código penal; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2, todos del código penal.

Todos los hechos punibles mencionados van en concordancia con el artículo 70 del mismo cuerpo normativo.

2. Javier Marcelo Rojas Giménez, (director general de Administración y Finanzas de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; y Producción de documentos no auténticos previsto en el artículo 246 inciso 1° (segunda alternativa, uso); todos del código penal.
Así también, sería coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

3. Tadeo Andrés Álvarez Cristaldo, (presidente de la Fundación CIAP); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente autor, de acuerdo con el artículo 29 inciso 1°, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°, Producción de documentos no auténticos previsto en el artículo 246 inciso 1° (segunda alternativa, uso); y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

4. Paulino De Los Santos Palacios Recalde, (tesorero de la Fundación CIAP); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente autor, de acuerdo con el artículo 29 inciso 1°, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1° y Producción de documentos no auténticos previsto en el artículo 246 inciso 1° (segunda alternativa, uso); y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

5. Nicolás Eduardo Emanuel Álvarez (síndico actual de la Fundación CIAP); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1° y Producción de documentos no auténticos previsto en el artículo 246 inciso 1°.

Así también, sería coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

6. Lourdes Verónica Lezcano Decoud, (secretaria general de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°, todos del Código Penal. Así también, sería autora, de acuerdo con el artículo 29 inciso 1°, por el hecho punible de Producción de documentos no auténticos previsto en el artículo 246 inciso 1° (segunda alternativa, uso). Por último, sería coautora, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

7. Armando Adolfo Soler Espínola, (secretario de obras públicas de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°, todos del Código Penal. Por último, sería coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal

8. Luis Eduardo Allende Araujo, (Ex jefe de tesorería de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, del hecho punible de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

9. Edgar José Zaracho Quintana, (Asesor Jurídico General de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, del hecho punible de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

10. Guido Rolando Portillo Torres, (jefe del departamento de presupuesto de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, del hecho punible de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

11. Modesta Valiente Escobar; (funcionaria de la Dirección General de Administración y Finanzas__de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; y coautora, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

12. José Félix Grau Fernández; (constructor); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

13. Oscar Morel Oses; (constructor); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

14. Oscar Laureano Gaete Gómez (Constructor); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

15. Adalberto Benítez Aguilera (ex jefe del departamento de fiscalización de obras de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

Antecedentes.

De acuerdo al relato de los hechos, en fecha 29 de diciembre de 2020, Hugo Javier González Alegre, Gobernador del Departamento Central, habría autorizado por medio de dos resoluciones , presuntamente firmadas también por la señora Lourdes Verónica Lezcano Decoud, Secretaria General de la Gobernación del Departamento Central, el desembolsos de dinero para ejecución de obras, a favor de la Fundación Centro Integral de Apoyo Profesional (CIAP), cuyo presidente es el señor Tadeo Andrés Álvarez Cristaldo, con financiamiento proveniente de los Fondos para la Reactivación Económica a causa de la emergencia sanitaria declarada por ley, sin tener a la vista proyectos concretos que justifiquen la erogación.

Para ser más específicos, las sumas desembolsadas se dieron presuntamente en el marco de dos proyectos genéricos presentados por los representantes de la Fundación CIAP:
• “Construcción y mantenimiento de espacios públicos en el Departamento Central” con un presupuesto de Gs. 3.063.360.000 (guaraníes tres mil sesenta y tres millones trescientos sesenta mil); y
• “Pavimentación asfáltica empedrado en el Departamento Central” por valor de Gs. 2.042.240.000 (guaraníes dos mil cuarenta y dos millones doscientos cuarenta mil).
Vale aclarar que ambos proyectos, aparentemente, no detallaban las obras específicas a ejecutarse sino solo el monto solicitado por cada proyecto genérico. Tampoco establecían los lugares precisos donde se llevarían a cabo los trabajos, aparte de que serían dentro del Departamento Central, ni contenían los presupuestos del proyecto, el plan financiero, cronogramas de ejecución de las obras, planificación de algún tipo o algún otro detalle que pudiera servir para identificar qué es lo que se iba a hacer.

Del mismo modo, cabe mencionar que los dos proyectos de la Fundación CIAP establecían que su marco se encuadraba en el “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la GDC y los municipios del Departamento Central” y no mencionaban en ninguno de sus párrafos la emergencia sanitaria del COVID-19 dentro del cual fueron, aparentemente, brindados los recursos. En ese orden de ideas, el listado de las presuntas obras a ejecutarse, aparentemente, estaba plasmado únicamente en el Convenio Específico de Ejecución de Proyectos firmado en el ámbito del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional suscripto por Hugo Javier González Alegre, en representación de la Gobernación y Tadeo Andrés Álvarez Cristaldo, en nombre de CIAP. Se debe decir que, este convenio específico tampoco brindaba detalles sobre las obras, sino que solo las enumeraba y, además, estipulaba en su cláusula segunda como documentos que lo integraban, solo los contratos de obras correspondientes a los proyectos de Construcción y Mantenimiento de Espacios Públicos y nada decía respecto a los contratos de los proyectos de Pavimentación Asfáltica Empedrado.

FUENTE: LA UNIÓN R800 AM

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El Banco Sudameris hace extensiva la invitación al evento “Los Museos se Muestran”

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La Asociación Noche de los Museos – Paraguay presenta la programación preparada para el evento denominado “Los Museos se Muestran”, en su sexto año consecutivo. Esta exhibición conjunta de museos se llevará a cabo el sábado 18 de mayo de 2024, en los espacios del Centro Cultural de la República El Cabildo, la misma estará habilitada de 9:00 a 22:00 h y podrá ser visitada de manera libre y gratuita.

La muestra de objetos sobresalientes del patrimonio contará con la participación de 45 museos públicos y privados, bajo la dirección del equipo curatorial compuesto por Alejandra Peña, Yvanna Serrati y Federico Marino.

El evento Los Museos se Muestran, ha renovado la distinción de Marca País, un logro que repercute en un gran impacto de calidad a nivel nacional e internacional. Además, tiene la declaración de Interés Educativo de la FADA/UNA, declaración de interés.

Patrocinan: SUDAMERIS Bank y Fundación MUCI
Auspician: Centro Cultural de la República El Cabildo
Apoyan: Municipalidad de Asunción, Secretaría Nacional de Cultura, Asociación Paraguaya de
Museólogos y Trabajadores de Museos – AMUS; Instituto Técnico Superior de la Imagen (ITSI);
Facultad de Arquitectura, Diseño y Arte – FADA UNA; ICOM- Paraguay; Policía Nacional; La Negrita;
Galletitas Gamell; Casa Raatz; Vinos DADA
Alianzas: Secretaría Nacional de Turismo, Organización de Estados Iberoamericanos, Embajada de
Paraguay en Portugal, Mesa de Museos de Bogotá, Secretaría de Cultura de México, Museo Data,
AsuncióN

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FORTALEZA TIENE DIEZ NUEVOS ADJUDICADOS PARA CARMELITAS

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Fortaleza Inmuebles realizó en abril un nuevo evento de adjudicaciones, durante el cual varios inversores de la
firma fueron adjudicados con unidades de departamentos en una de las obras más destacadas de la empresa:
Fortaleza Carmelitas. Estas asignaciones se realizan a cabo mediante un sorteo y licitación, bajo la supervisión de un escribano público.

ASUNCIÓN, MAYO 2024 – La reconocida firma líder en la categoría de “Inversiones en Ladrillos”, Fortaleza Inmuebles, ha dado a conocer las adjudicaciones correspondientes al mes de abril. Un total de diez inversionistas han sido adjudicados en la prestigiosa Torre A de Fortaleza Carmelitas.

Por medio de sorteo, adjudicaron la Unidad 26 C con el contrato número 22156, la Unidad 22 E con el contrato número 21676, la Unidad 19 A con el contrato número 15253, la Unidad 16 B con el contrato número 22332, la Unidad 13 B con el contrato número 9659 y la Unidad 7 A con el contrato número 3618.

A través de licitación, los resultados fueron los siguientes: la Unidad 34 D con el contrato número 10161, la Unidad 23 A con el contrato número 4448, la Unidad 15 E con el contrato número 4449 y la Unidad 12 D con el contrato número 19814.

Cabe recordar que las adjudicaciones se realizan los últimos días hábiles del mes. El próximo evento será el 31 de mayo.

De esta manera, Fortaleza Inmuebles prosigue en su propósito de distinguirse por su sistema de inversión, otorgando un servicio flexible y un respaldo marcado por la calidad que brindan a sus inversores.

Para conocer más sobre Fortaleza y su sistema de inversión se puede visitar la web: www.fortalezainmuebles.com o bien los perfiles de la marca en redes sociales, a través de Facebook e Instagram.

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Los Ladrillos”, traen su “Llamada Nocturna” disponible en todas las plataformas digitales.

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“Llamada Nocturna” es una canción rock/pop, con una voz muy fresca, una melodía sexy y los instrumentos encajando perfectamente en la historia.

“Esta canción es de las más pedidas cuando tocamos en vivo, no está en nuestro primer EP, porque se hizo una votación con algunos fans y extrañamente no salió en los primeros puestos. Con la banda y el equipo, seguíamos teniéndole mucho cariño a esta canción, entonces nos decidimos en apostar a un videoclip para “Llamada Nocturna”, creemos que la gente conecta fácil con el ritmo y la letra.

En este sencillo se puede encontrar esencias de muchos artistas de rock que influenciaron la creación y el sonido dinámico de Los Ladrillos, como Arctic Monkeys y Black Keys, pero también resaltando la forma lírica en la que los ladrillos deciden contar sus historias de manera descriptiva y literal, pintando una imagen en detalle sobre la situación y metiéndote en los zapatos de sus personajes. En este sencillo la situación es una llamada a la medianoche intentando salvar una relación romántica.

Este videoclip, una producción de Melómana Strategic, captura a la perfección la esencia de la canción, ofreciendo una experiencia visual que complementa la narrativa de la letra. Vemos una noche de trabajo artístico y artesanal, con un paisaje asunceno nocturno, mientras la banda se encuentra en el mismo lugar, sin ser percibida por la artista que personifica al personaje principal. Mostrando la frustración en la comunicación y conexión de manera explícita.

Para la realización del videoclip se contó con la colaboración de la artista gráfica/actriz Angie Becker y de Waldo Longo, encargado de la portada de la canción y del diseño de la remera.

Sobre la banda Inspirados en el sonido movido y frenético del funk y en lo real y puro del blues, nace en el 2018 la banda Los Ladrillos, luego de un solo encuentro en una sala de ensayo.

Los Ladrillos, una banda con fanáticos muy fieles que viene tocando en la escena local desde el 2018, está lista para su siguiente EP con el adelanto de un primer single “Llamada Nocturna”. La primera canción compuesta de la banda, con una mezcla de rock pop y una letra muy clara, inspirada en las charlas en las que no sabemos si el amor aguantará otra noche.

Josema González (guitarra y voz), Fabricio Campiz (Batería) y Federico Morán (Bajo) fueron los fundadores de la banda. Más adelante se sumó Nicolás Caballero (Teclado) dando forma a la agrupación actual.

La banda ya cuenta con 1 EP “Nubes Grises” con 4 canciones, con mucho recorrido en escenarios locales, pero esta es la primera vez que los vemos en un videoclip.

En qué momento musical se encuentra la banda: La banda se encuentra prácticamente lista para lanzar su 2do EP, con muchas ganas de seguir tocando en Asunción y salir a tocar al interior del país. También ya se encuentra componiendo nuevos temas que serán parte de otro material.

Dirección: Osvaldo Fretes
Producción General y Ejecutiva: Melómana Strategic
Director de fotografía: Diego Benítez
Actriz: Angie Becker
Diseño Portada: Waldo Longo
Locación: Piso 7 Estudio
Cobertura backstage: Nikole Arce
Producción Musical: Lil Mint
Mezcla y Máster: Ralf Thielman
Distribución: Random Sounds

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