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Hugo Javier fue imputado por el fiscal de delitos económicos y anticorrupción

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Fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción imputó al Gobernador de Central y a unas 15 personas en investigación por “Obras Fantasmas” y presentación de documentos falsos.

El agente fiscal Rodrigo Estigarribia, de la Unidad Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción imputó al gobernador del Departamento Central Hugo Javier González y a otras 14 personas por el hecho de Lesión de Confianza, declaración falsa, Producción de documentos no auténticos y Asociación Criminal por “obras Fantasmas” de la Gobernación de Central.

Entre los imputados por la representación fiscal se encuentran:

1. Hugo Javier González Alegre, (Gobernador del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente autor, de acuerdo con el artículo 29 inciso 1°, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; Producción de documentos no auténticos, previsto en el artículo 246 inciso 1° (segunda alternativa, uso), del código penal; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2, todos del código penal.

Todos los hechos punibles mencionados van en concordancia con el artículo 70 del mismo cuerpo normativo.

2. Javier Marcelo Rojas Giménez, (director general de Administración y Finanzas de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; y Producción de documentos no auténticos previsto en el artículo 246 inciso 1° (segunda alternativa, uso); todos del código penal.
Así también, sería coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

3. Tadeo Andrés Álvarez Cristaldo, (presidente de la Fundación CIAP); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente autor, de acuerdo con el artículo 29 inciso 1°, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°, Producción de documentos no auténticos previsto en el artículo 246 inciso 1° (segunda alternativa, uso); y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

4. Paulino De Los Santos Palacios Recalde, (tesorero de la Fundación CIAP); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente autor, de acuerdo con el artículo 29 inciso 1°, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1° y Producción de documentos no auténticos previsto en el artículo 246 inciso 1° (segunda alternativa, uso); y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

5. Nicolás Eduardo Emanuel Álvarez (síndico actual de la Fundación CIAP); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1° y Producción de documentos no auténticos previsto en el artículo 246 inciso 1°.

Así también, sería coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

6. Lourdes Verónica Lezcano Decoud, (secretaria general de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°, todos del Código Penal. Así también, sería autora, de acuerdo con el artículo 29 inciso 1°, por el hecho punible de Producción de documentos no auténticos previsto en el artículo 246 inciso 1° (segunda alternativa, uso). Por último, sería coautora, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

7. Armando Adolfo Soler Espínola, (secretario de obras públicas de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°, todos del Código Penal. Por último, sería coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal

8. Luis Eduardo Allende Araujo, (Ex jefe de tesorería de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, del hecho punible de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

9. Edgar José Zaracho Quintana, (Asesor Jurídico General de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, del hecho punible de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

10. Guido Rolando Portillo Torres, (jefe del departamento de presupuesto de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, del hecho punible de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

11. Modesta Valiente Escobar; (funcionaria de la Dirección General de Administración y Finanzas__de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; y coautora, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

12. José Félix Grau Fernández; (constructor); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

13. Oscar Morel Oses; (constructor); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

14. Oscar Laureano Gaete Gómez (Constructor); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y Declaración Falsa, establecido en el artículo 243 inciso 1°; y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo 239 inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

15. Adalberto Benítez Aguilera (ex jefe del departamento de fiscalización de obras de la Gobernación del Departamento Central); conforme a los hechos y elementos de sospecha sería inicialmente cómplice, de acuerdo con el artículo 31, de los hechos punibles de Lesión de Confianza, previsto en el artículo 192 inciso 1° y coautor, conforme al artículo 29 inciso 2°, del hecho punible de Asociación Criminal, establecido en el artículo inciso 1° numeral 1 (organizada) y 2 del código Penal.

Antecedentes.

De acuerdo al relato de los hechos, en fecha 29 de diciembre de 2020, Hugo Javier González Alegre, Gobernador del Departamento Central, habría autorizado por medio de dos resoluciones , presuntamente firmadas también por la señora Lourdes Verónica Lezcano Decoud, Secretaria General de la Gobernación del Departamento Central, el desembolsos de dinero para ejecución de obras, a favor de la Fundación Centro Integral de Apoyo Profesional (CIAP), cuyo presidente es el señor Tadeo Andrés Álvarez Cristaldo, con financiamiento proveniente de los Fondos para la Reactivación Económica a causa de la emergencia sanitaria declarada por ley, sin tener a la vista proyectos concretos que justifiquen la erogación.

Para ser más específicos, las sumas desembolsadas se dieron presuntamente en el marco de dos proyectos genéricos presentados por los representantes de la Fundación CIAP:
• “Construcción y mantenimiento de espacios públicos en el Departamento Central” con un presupuesto de Gs. 3.063.360.000 (guaraníes tres mil sesenta y tres millones trescientos sesenta mil); y
• “Pavimentación asfáltica empedrado en el Departamento Central” por valor de Gs. 2.042.240.000 (guaraníes dos mil cuarenta y dos millones doscientos cuarenta mil).
Vale aclarar que ambos proyectos, aparentemente, no detallaban las obras específicas a ejecutarse sino solo el monto solicitado por cada proyecto genérico. Tampoco establecían los lugares precisos donde se llevarían a cabo los trabajos, aparte de que serían dentro del Departamento Central, ni contenían los presupuestos del proyecto, el plan financiero, cronogramas de ejecución de las obras, planificación de algún tipo o algún otro detalle que pudiera servir para identificar qué es lo que se iba a hacer.

Del mismo modo, cabe mencionar que los dos proyectos de la Fundación CIAP establecían que su marco se encuadraba en el “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la GDC y los municipios del Departamento Central” y no mencionaban en ninguno de sus párrafos la emergencia sanitaria del COVID-19 dentro del cual fueron, aparentemente, brindados los recursos. En ese orden de ideas, el listado de las presuntas obras a ejecutarse, aparentemente, estaba plasmado únicamente en el Convenio Específico de Ejecución de Proyectos firmado en el ámbito del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional suscripto por Hugo Javier González Alegre, en representación de la Gobernación y Tadeo Andrés Álvarez Cristaldo, en nombre de CIAP. Se debe decir que, este convenio específico tampoco brindaba detalles sobre las obras, sino que solo las enumeraba y, además, estipulaba en su cláusula segunda como documentos que lo integraban, solo los contratos de obras correspondientes a los proyectos de Construcción y Mantenimiento de Espacios Públicos y nada decía respecto a los contratos de los proyectos de Pavimentación Asfáltica Empedrado.

FUENTE: LA UNIÓN R800 AM

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Llega la Semana de la Filosofía 2026 de la UNA con debates sobre inteligencia artificial, democracia y educación

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En entrevista radial realizada este lunes, Sergio Andrés Duarte, alumno de 4.° año y vocero de la Carrera de Filosofía de la Facultad de Filosofía de la Universidad Nacional de Asunción (FFUNA), dio a conocer los detalles de la “Semana de la Filosofía 2026”, que se llevará a cabo del martes 15 al viernes 18 de septiembre en el Salón de Posgrado de la institución.

Duarte destacó que el encuentro, de entrada libre y gratuita, ofrecerá un total de ocho ponencias a lo largo de cuatro jornadas, siempre a partir de las 18:00 horas. La iniciativa busca reunir a estudiantes, egresados y referentes académicos para abordar problemáticas del mundo contemporáneo, tales como la inteligencia artificial y el posthumanismo, la crisis de la democracia, la política desde una mirada feminista, el futuro del trabajo y el rol transformador de la universidad.

El ciclo de conferencias abarcará un amplio menú temático:

Martes 15: Arrancará a las 18:00 h con la exposición de Claudia Rolón sobre la extensión universitaria desde la praxis y la comunidad, seguida a las 19:40 h por Juan Carlos Ambrasath, quien abordará la dimensión psicosocial de la salud.

Miércoles 16: Jazmín Estigarribia y Melissa Duré analizarán la política paraguaya desde una perspectiva filosófica y feminista (18:00 h). Más tarde, Mauricio Maluff debatirá la crisis de la democracia y el autoritarismo en el contexto regional y local (19:40 h).

Jueves 17: La jornada iniciará con Federico Vallovera explorando la aspiración humana a la inteligencia a través del mito y la literatura (18:00 h), para dar paso a Fabio Agüero con un análisis sobre la teoría del valor trabajo frente a las redes sociales y la IA (19:40 h).

Viernes 18: El cierre estará a cargo de Ángel Estigarribia, enfocado en la educación superior en la cuarta revolución industrial (18:00 h), y Nicolás Gayol, quien disertará sobre la irrupción de la IA y la geopolítica de Silicon Valley (19:40 h).

Durante la entrevista se resaltó además que, al término de cada jornada, se realizarán sorteos de libros entre los asistentes que se registren previamente mediante el formulario oficial. Asimismo, las actividades acreditarán horas de extensión universitaria para los alumnos de la carrera.



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La Fundación Florencia celebró con éxito una nueva edición de la comilona solidaria “Todos a Comer”

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Con un gran marco de público y un fuerte espíritu solidario, la Fundación Florencia llevó a cabo este domingo 6 de septiembre una nueva edición de “Todos a Comer”, su tradicional comilona a beneficio que tuvo lugar en la Sede Social de la Caja de Jubilados Bancarios. El evento reunió a familias y amantes de la buena gastronomía con el objetivo de recaudar fondos para apoyar a niños y niñas con pérdida auditiva y a sus familias.

Durante la jornada, desarrollada entre las 11:30 y las 15:00 horas, los asistentes disfrutaron de una variada propuesta gastronómica a cargo de reconocidos chefs y colaboradores, entre ellos Colaso Bó, Luchef (Luis Villalba), Gustavo Benítez de Taberna Española, Acción Solidaria Gustavo Basili (ASGV) y Federico Cazal. Las adhesiones tuvieron un costo de Gs. 50.000 por plato, e incluyeron opciones tanto para consumir en el lugar como para retirar.

Además del circuito culinario, la actividad ofreció un ambiente festivo y familiar amenizado con música en vivo, espectáculos artísticos y juegos para los más pequeños. Los fondos recaudados en esta edición permitirán a la Fundación Florencia dar continuidad a sus programas de asistencia integral, que abarcan desde estimulación temprana, contención y capacitación a padres y profesionales, hasta el apoyo para el acceso a tecnologías como implantes cocleares y audífonos, fundamentales para el desarrollo de la audición y el habla en la infancia. La organización destacó y agradeció el compromiso de los voluntariados, las empresas aliadas, los artistas y la ciudadanía en general, cuya participación reafirma el compromiso colectivo de generar nuevas oportunidades para la niñez con discapacidad auditiva.

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La UNIBE celebró el centenario de su fundadora con un emotivo Concierto de Gala

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En una velada cargada de emotividad, la Universidad Iberoamericana (UNIBE) rindió homenaje anoche a la vida, visión y legado de su fundadora, Doña Nidia Sanabria de Romero, al conmemorarse el centenario de su natalicio. El marco festivo sirvió además para celebrar el 55º aniversario de la Comunidad Iberoamericana.

El evento se llevó a cabo este lunes 7 de septiembre en el Teatro Municipal Ignacio A. Pane, donde se reunieron autoridades académicas, invitados especiales y público en general. La jornada contó con el marco artístico de la Orquesta Sinfónica Nacional del Paraguay (OSN), que deleitó a los presentes a través de sus ensambles con un repertorio especialmente preparado para la ocasión.

El programa conmemorativo se dividió en dos momentos centrales: en primer lugar, se otorgaron reconocimientos a personas e instituciones que acompañaron la trayectoria institucional y contribuyeron al crecimiento de la universidad a lo largo de las décadas. Seguidamente, se dio paso a la gala musical para conmemorar los 55 años de labor educativa de la institución.

Durante la ceremonia, la Dra. Sanie Romero de Velázquez, rectora de la UNIBE, destacó el significado del acontecimiento: “A 55 años de nuestra fundación, renovamos el compromiso con una educación que transforma vidas, impulsa el conocimiento y construye futuro. Celebrar este camino también significa proyectarnos hacia nuevos desafíos, reafirmando nuestra misión de formar generaciones capaces de liderar con valores y contribuir al desarrollo de una sociedad más justa y solidaria”.

A cien años del nacimiento de Doña Nidia Sanabria de Romero, su visión fundacional se mantiene vigente dentro de la identidad de la UNIBE, reafirmando su compromiso con la excelencia académica y la formación integral frente a los desafíos de la sociedad actual.

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